¿Qué es el City Tax o
Derecho de Uso Urbano?
El City Tax, también conocido como «Derecho de Uso Urbano», en adelante “DUU“, entró en vigencia a partir del 1° de marzo de 2020 a través de la Ley 6278 y es aplicable a los turistas no residentes en la República Argentina, a partir de los doce (12) años de edad como aporte especial por el derecho al uso y goce del espacio público de la Ciudad de Buenos Aires.
¿Quiénes deben pagar el
Derecho de Uso Urbano?
El DUU se aplica al turista no residente en la República Argentina, a partir de los doce (12) años de edad y se cobrará por noche y por persona, dependiendo de la característica del servicio turístico:
Hoteles 3 estrellas: media unidad
Hoteles 4 estrellas: una unidad
Hoteles 5 estrellas: una unidad y media
Hoteles Boutique: una unidad
Apart-hoteles: media unidad
Alquileres temporarios: tres cuartas partes de una unidad
Cruceros: una unidad
La Unidad de Derecho de Uso Urbano equivale a un (1) dólar estadounidense, al valor del tipo de cambio oficial vendedor del Banco Nación al cierre del día hábil anterior a la fecha de finalización de la estadía.
Agentes de percepción
Se encuentran obligados a actuar como Agentes de Percepción las personas humanas o jurídicas titulares de los establecimientos hoteleros (3, 4 y 5 estrellas, boutique y apart hotel), titulares de dominio de los inmuebles destinados a alquiler temporario indicados en el artículo 131 bis de la Ley Tarifaria y Cruceros.
Periodos y vencimientos de la presentación de Percepciones
Los Hoteles 3 estrellas, Apart-hoteles y alquileres temporarios deberán practicar la correspondiente liquidación del Derecho de Uso Urbano (DUU) de forma bimestral, debiendo presentar la declaración jurada en los meses impares de cada año.Los Hoteles 4 estrellas, Hoteles 5 estrellas, Hoteles Boutique y Cruceros deberán efectuar dicha liquidación de forma mensual.
El vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada y depósito de los montos percibidos será los días 20 del mes siguiente en el que se practicaron las percepciones, según el período de liquidación establecido.
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La Aplicación Visit Buenos Aires, permite calcular de manera rápida y simple el Derecho de Uso Urbano que deben pagar los turistas, como así también poder contar con la información de todos los cobros acumulados, simplificando la rendición del Derecho de Uso Urbano en AGIP.
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acceder, como así también información detallada sobre como operar.
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Visit Buenos Aires tiene el placer de invitarlos a participar de la capacitación virtual, donde presentaremos en detalle la aplicación desarrollada para la recaudación del Derecho de Uso Urbano, cumpliendo con las disposiciones de la Ley 6.278.
La aplicación permite simplificar el proceso de cálculo del Derecho de Uso Urbano, asegurando eficiencia y precisión al momento de realizar la Declaración Jurada en AGIP.
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Punto de cobro
Sugerido uso en front
Calcula automáticamente el tipo de cambio y el monto de DUU a cobrar.
Registro de cada operación (aprobadas y canceladas).
Permite tener tantos puntos de cobros como se necesiten.
Se puede “descargar” en celulares, tablets, y desktop
Panel de Control
- Acceso Web
- Permite control, seguimiento y reporte de todo lo recaudado
- Autogestión de usuarios
- Provee información para la DJ en AGIP
- Información por cada establecimiento y punto de cobro
- Históricos de presentaciones
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Instructivo duu agip
Ley 6278
Resolución DUU
Resolución de Régimen de Percepción «Derecho de Uso Urbano»